Veremos que es una Sociedad Anónima, ventajas e inconvenientes, características, fiscalidad y cómo crear una Sociedad Anónima.
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Qué es una Sociedad Anónima
Antes de ver cómo crear una Sociedad Anónima, vamos a saber qué es.
Una Sociedad Anónima, cuyas siglas son SA, es uno de los tipos de sociedades mercantiles que existen en España y que se crean básicamente para proyectos empresariales de cierto tamaño y entidad, siendo muy utilizado por las compañías que también operan internacionalmente.
La finalidad básica que persigue una Sociedad Anónima es recaudar capital de inversores para de esta manera poder realizar su actividad, ya que de otra manera le resultaría del todo imposible.
De esta forma, el capital social de la SA se divide en acciones que se distribuyen entre los socios en función del capital que cada uno de ellos haya desembolsado previamente. por lo que a mayor capital invertido, más acciones tendrá y por consiguiente mayor poder de decisión ostentará en el seno de la empresa.
Los socios no responden con su patrimonio de las deudas de la sociedad. De manera que si la empresa tiene deudas se harán frente con el capital de la sociedad.
Una Sociedad Anónima es ideal para autónomos que disponen de un elevado capital, ya que se requiere un mínimo de 60.000 euros.
La regulación de este tipo de sociedad se ubica en la Ley de Sociedades de Capital.
Características y cómo crear una Sociedad Anónima
Presenta una serie de características y peculiaridades interesantes como son:
– Basta que haya al menos un solo socio para poder crear una SA. En ese caso, con un solo socio, estaríamos ante las denominadas Sociedades Anónimas Unipersonales (SAU).
– En una Sociedades Anónima es relativamente más sencillo poder entrar (salvo que en los estatutos se requieran otros requisitos adicionales), cosa que en la SL es más complejo ya que se necesita la autorización del resto de los socios.
– Tanto la normativa jurídica como su régimen resulta más complejo y menos flexibles que en el resto de sociedades.
– El capital social de la SA está formado por el número total de las aportaciones que hayan efectuado los socios. En este caso, se requiere un mínimo de 60.101,21 euros, aunque es cierto que incluso en un momento dado se puede aplazar las aportaciones a un momento posterior en el tiempo. .
– as aportaciones que llevan a acabo los socios son económicas, es decir, obedecen a una suma de dinero concreta. Pero también las aportaciones pueden ser en especie, como por ejemplo, muebles, material ofimático, equipos informáticos, etc. En este caso, al tratarse de aportaciones en especie, se requiere previamente su valoración económica por parte de peritos selecciones por el propio Registrador Mercantil, básicamente con la idea de que no haya engaños, por ejemplo, que se aporten especies con un precio inflado, mayor del precio real de mercado.
– El nombre de la sociedad (denominación social) ha de ser único, es decir, no debe de existir otra sociedad con ese nombre. Se tiene que registrar en el Registro Mercantil. La denominación social ha de constar del nombre más la sigla SA.
– De los beneficios obtenidos por la Sociedad Anónima, está obligada por ley a guardar una parte que irá a formar del denominado fondo de reserva legal. Concretamente, al fondo de reserva legal irá el 10% del beneficio obtenido por la sociedad y se acumulará hasta alcanzar el 20% del capital social. La idea es que la sociedad cuente con un buen colchón económico para cuando lleguen los problemas.
– No hay muchas restricciones a la hora de transmitir las acciones, es decir, un socio puede libremente transmitir sus acciones a otra persona y para ello no necesita ni permiso ni autorización del resto de los socios. Eso sí, si los estatutos disponen otra cosa habrá que cumplir con lo exigido.
– Desde el punto de vista fiscal, tributa por el Impuesto de sociedades y el IVA.
– Se ha de indicar el domicilio social, siendo lo más habitual que coincida con el lugar donde radique la empresa y ha de estar en España.
– También tiene que constar el objeto social, es decir, la actividad que desarrolla la empresa. Por ejemplo, un negocio que se dedique a la venta de inmuebles y que se haya constituido como Sociedad Anónima tendría por objeto social la venta de inmuebles a terceros.
Para crear una Sociedad Anónima se realiza con el otorgamiento de escritura pública que se inscribe, posteriormente, en el Registro Mercantil (una vez otorgada la escritura pública, los socios tienen un plazo de tan solo dos meses para llevar a cabo la inscripción en el Registro). Y eso no es todo, también es necesario disponer de una certificación donde se demuestre que el nombre de la sociedad no se encuentra escogido por otra sociedad y que el desembolso del capital ya se ha realizado.
Todos estos trámites suelen tener una duración de entre 6-8 semanas.
Añadir que está prohibido legalmente la entrega y la transmisión de las acciones antes de su inscripción en el Registro Mercantil .
Ventajas de una Sociedad Anónima
Entre las principales ventajas podemos enumerar las siguientes:
– Para afrontar las deudas y obligaciones de la sociedad se recurre únicamente al capital de la sociedad, los socios nunca responden con su propio patrimonio o capital.
– La responsabilidad de cada socio guarda una estrecha y directa relación son el capital aportado.Por ejemplo, si un socio aporta 9.000 euros, en el peor de los casos lo máximo que podría perder son 9.000 euros y no se va contra su patrimonio personal.
– La transmisión de las acciones es libre, y salvo que en los estatutos se disponga otra cosa, no se requiere la aprobación ni la autorización del resto de socios. Esto implica que es relativamente fácil la entrada de nuevos inversores en la sociedad.
– Como el número mínimo de socios es uno, implica que no se depende de terceras personas para crear una SL.
– Una Sociedad Anónima suele asociarse a algo serio, muestra una imagen más profesional de una empresa y es más fácil, no solo atraer nuevos inversores, sino también obtener préstamos y créditos por parte de las entidades bancarias.
– Desde el punto de vista fiscal, merece la pena cuando los beneficios empiezan a ser superiores a 40.000 euros, ya que el tipo del impuesto de sociedades es fijo, concretamente un 25%, mientras que los tipos del IRPF son progresivos, pagando más cuanto más ganas. Eso sí, sólo tiene sentido si una parte de los beneficios se dejan como patrimonio de la sociedad. Además,
Desventajas de una Sociedad Anónima
Entre las principales desventajas o inconvenientes tendríamos los siguientes:
– El capital social mínimo exigido es elevado, lo que la hace menos atractiva para muchas personas. En concreto, el capital social mínimo son 60.000 euros y esta cifra deberá estar totalmente suscrita en el momento de su constitución y desembolsado en un 25%.
– Tanto el tema administrativo y burocrático es bastante tedioso y farragoso.
Pues ya sabes cómo crear una Sociedad Anónima. Espero que te haya resultado de utilidad.